Tus dudas de la Selectividad

Cuestiones sobre la PAU

Tus dudas de la Selectividad
¿Sabes qué debes hacer si no obtienes la nota necesaria para acceder a la carrera que deseas o si la puntuación final no es la que esperabas?
Te informamos sobre la prueba de acceso a la universidad y resolvemos las dudas que te puedan surgir después de hacer los exámenes y de saber tus notas.
¿Y si no consigo la nota que necesito?

Existen dos convocatorias: la de mayo y la de julio o septiembre, según la comunidad autónoma. Para subir nota puedes volver a examinarte de la fase general (puedes hacerlo hasta 4 veces) y de la prueba específica (tantas veces como quieras). Se tendrá en cuenta la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que sea superior a la anterior.


¿La selectividad caduca?

La nota de la fase general tiene validez indefinida y las notas de las materias de la prueba específica son válidas durante los 2 años siguientes.


¿Si me matriculo de la convocatoria ordinaria y no apruebo, la matrícula me sirve para la convocatoria extraordinaria?

No, porque para cada convocatoria se debe formalizar la preinscripción y la matrícula y pagar las tasas.


¿Puedo matricularme en la fase general de una asignatura de modalidad que no pertenezca al Bachillerato que estoy cursando?

Tanto en la fase general como en la fase específica puedes matricularte de las asignaturas de modalidad que quieras, las hayas o no cursado.


¿Debo hacer obligatoriamente la fase específica?

La fase específica no es obligatoria pero sí recomendable, si lo que quieres es aumentar tu nota de admisión. En caso contrario, tu nota de admisión a la universidad será la que resulte de la media ponderada entre Bachillerato (60%) y la fase general de la PAU (40%).


¿Si tengo estudios de música acabados, puedo convalidar alguna asignatura de la PAU?

No, ya que todos los estudiantes tenéis la misma estructura de PAU y no pueden convalidarse asignaturas de la selectividad por estudios de música ni de ningún otro tipo.


Si tengo alguna discapacidad, ¿debo hacer la PAU en las mismas condiciones que el resto de los estudiantes?

No, la universidad donde te examines debe adaptar la prueba y también sus instalaciones a tu discapacidad, la cual se valorará según los criterios establecidos en función del informe del centro donde estudias Bachillerato y del informe médico.


¿Y si no estoy de acuerdo con mis notas?

Si no estás conforme con las cualificaciones de tus exámenes, debes saber que tienes derecho a solicitar:

Una segunda corrección

Puedes pedir una segunda corrección a la Comisión Coordinadora en el plazo de 3 días hábiles a partir de la fecha de publicación de los resultados (el sábado se considera hábil). El examen será revisado por otro profesor especialista en la materia y la nota obtenida será la media aritmética de la primera y la segunda calificaciones. Este resultado sustituirá al anterior, aunque sea inferior.

Tienes derecho a ver el examen corregido después de la segunda revisión en un plazo de 10 días. En caso de que haya una diferencia de 2 o más puntos entre las 2 calificaciones, otro tribunal efectuará una tercera corrección.

Si a pesar de la segunda corrección sigues sin estar de acuerdo con el resultado, puedes solicitar una reclamación de aquellas materias sobre las que ya se ha llevado a cabo la doble corrección. La reclamación a la doble corrección podrás presentarla ante la Comisión Coordinadora de la PAU de Catalunya en un plazo de 3 días hábiles a partir de la fecha de publicación de los resultados de la segunda corrección.


Una reclamación

Puedes reclamar directamente ante la Comisión Coordinadora de la PAU una solicitud en un plazo de 3 días hábiles a partir de la fecha de publicación de las calificaciones. En este caso queda excluida la posibilidad de solicitar la doble corrección.

Los ejercicios que sean motivo de presentación de la solicitud de reclamación serán revisados en los aspectos formales o errores administrativos, y no se corregirá el contenido de los exámenes. Estas calificaciones sustituyen a las primeras y no pueden ser inferiores a las inicialmente otorgadas.